Se declaró, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Héctor José Oropeza Castillo, defensor privado del ciudadano Alberto Randy Peñuela Román, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito, extensión Calabozo, de fecha 03 de julio de 2008, que publicó sentencia definitiva devenida por la aplicación del procedimiento de admisión de los hechos, según el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, donde se condena al acusado Alberto Randy Peñuela Román, a la pena de 6 años de prisión, por la comisión del delito de robo simple, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal. En consecuencia, se confirma dicha sentencia. Se funda la decisión en los artículos 447.5, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.