DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho, TANIA URBANEJA AGUILAR, en su condición de Defensora Publica N° 04, con competencia en el Sistema Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensoria Pública del estado Guárico, Extensión Calabozo, del ciudadano JOSÉ GREGORIO MENDOZA. En consecuencia se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, del estado Guárico, en fecha 12 de Agosto de 2010, mediante la cual -entre otros- decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el imputado José Gregorio Mendoza, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias .....