DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación. SEGUNDO: Se confirma, en los términos plasmados en el presente fallo, la decisión proferida en fecha 14 de agosto de 2016, y fundamentada en fecha 15 de agosto de 2016, dictada por el Juzgado de Control Único con competencia en Ilícitos Económicos del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, que consideró la no procedencia de la privativa de libertad en contra del ciudadano HERMES ENRIQUE TOLEDO ÁLVAREZ, acordando la libertad sin restricciones. TERCERO: De conformidad con los numerales 3 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta medida cautelar sustitutiva al ciudadano HERMES ENRIQUE TOLEDO ÁLVAREZ, inherent.....