IV
DISPOSITIVA
Razón por la cual esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamiento, PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta por la abogada Marydee Rodríguez Carrillo, en su condición de Defensora Pública Provisional 11° con Competencia en Materia Penal Ordinario en Fase de Ejecución de Sentencias, donde aparece como presunto agraviante el Tribunal Penal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en el asunto signado con el alfanumérico JP01-P-2009-003166. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada Marydee Rodríguez Carrillo, en contra del Tribunal Penal Primero de Primera Instanc.....