SE DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el defensor privado Alberto Solano (Inpre. Nº 14.604), y por via de consecuencia, confirma la sentencia definitiva publicada por el Tribunal Mixto de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico de fecha 09 de Marzo del 2005, mediante la cual se consideró culpable por unanimidad al acusado Marcos Taylon Olimpo Cirilo, identificado al comienzo de este fallo, por la comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor ocurrido en perjuicio de Ángelo Longo Di Muccio y lo condenó a cumplir la pena de Diez (10) años de presidio, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotores ; y 13, 37, 74 ordinal 4º, del Código Penal y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.