Se Declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Abg. Nerio Castellanos Parra, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, publicada el 02 de Diciembre de 2003, relativa al asunto N° JP11-S-2003-000776 (nomenclatura interna del Tribunal), y en consecuencia decreta la libertad de los ciudadanos José Juan Jiménez y Juan Carlos Navas Peña. Se funda la presente decisión en los artículos 433, 436, 437 literal ¿a¿ del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 262 y 256 eiusdem.