DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado, Abg. Héctor Luna, en representación de los ciudadanos HELLY DEL VALLE LUNA DE GONZÁLEZ, NELLY DEL VALLE LUNA DE FLORES Y HÉCTOR ALFREDO LUNA SANABRIA, contra la decisión publicada en fecha 22 de mayo de 2007, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, San Juan de Los Morros, mediante la cual admitió totalmente la acusación en contra de los ciudadanos HELLY DEL VALLE LUNA DE GONZÁLEZ, NELLY DEL VALLE LUNA DE FLORES Y HÉCTOR ALFREDO LUNA SANABRIA, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal con la aplicación de la agravante establecida e.....