DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: TERMINADO POR DECAIMIENTO DEL OBJETO, EL PROCEDIMIENTO DE APELACION INTENTADO por la ciudadana: Abg. Doris Contreras, en su condición de defensora pública del ciudadano: Wilman Antonio Hernández López, en contra de la Sentencia, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, en fecha 01 de Diciembre de 2011, mediante la cual, entre otras cosas, declaró SIN LUGAR la solicitud Decaimiento de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesaba sobre el acusado WILMAN ANTONIO HERNÁNDEZ LÓPEZ, conforme a los artículos 250, 251 y 244 todos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 55 de la Constitución de la Republica Bo.....