REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 16 de Mayo 2.017.
207º y 158º
Visto el escrito presentado el día de hoy, por el abogado Pablo de la Cruz Parra Almao, titular de la cedula de identidad N° V-3.869.671, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.899, mediante el cual consigna los siguientes documentos: Marcado como anexo "1", Instrumento Poder debidamente Autenticado en la Notaria Pública de Calabozo, estado Guárico; Marcado como anexo "2", Acta constitutiva de la Asociación Cooperativa Fe y Esperanza 600,R.L.; Marcado como anexo "3", Poder Especial que otorga la Asociación Cooperativa Fe y Esperanza 600,R.L., a la ciudadana María Mercedes Jaspe Rattia; Marcado como anexo "4", Cesión que hace el asociado Lisandro Ernesto Colmenares González a la Asociación Cooperativa Fe y Esperanza 600,R.L. de la unidad de producción parcela N° 109; Marcado como anexo.....