Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, proferida por la Sala Plena del Tribunal Supremo, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, la cual modificó a nivel nacional las competencias de los Juzgados para conocer los asuntos en materia Civil, Mercantil y Tránsito, de conformidad con lo establecido en el articulo 3 de la referida Resolución, se declara competente para conocer de la presente solicitud de entrega material de bienes vendidos, por ser de Jurisdicción Voluntaria al Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en esta Ciudad. Se ordena remitir las presentes actuaciones al .....