PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción Reivindicatoria, intentada por el Ciudadano LUIS BONILLA PIÑANGO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 1.484.929, y de este domicilio. En consecuencia, se ordena a la parte demandada, Ciudadana ROSA MARIA BOLIVAR VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad N° 10.981.873 y de este domicilio., restituir a la parte accionante, el objeto de la pretensión, que pertenece a ésta según documento otorgado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Infante del Estado Guárico, el cual quedó anotado bajo el N° 35, Folio 97, Tomo Tercero, Segundo Trimestre de 1.994, de fecha 17 de Junio, y que consiste en: una parcela de terreno y la casa de habitación sobre ella construida, ubicada en la calle los paramos N° 5, entre las calles Vigía y Las Industrias de la población de Valle de la Pascua, en Jurisdicción del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, la parcela de terreno.....