PRIMERO: Se Declara CON LUGAR, la apelación intentada por la parte actora Ciudadano MANUEL ANTONIO ORTEGA LOVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 2.510.919, de Profesión Ingeniero Civil y de este domicilio en relación a la valoración de la prueba de experticia. Se declara igualmente CON LUGAR la acción de daños y perjuicios intentada por la parte actora en contra de la accionada y se REVOCA PARCIALMENTE la decisión de la recurrida única y exclusivamente en relación a la experticia y al monto condenado, por lo cual se condena a la parte accionada, EJECUTIVO REGIONAL DEL ESTADO GUARICO al pago a favor de la actora de la cantidad de DIEZ MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 10.770.316,65), en la acción de daños y perjuicios sufridos por el vehículo propiedad de la actora Marca: Chevrolet, Modelo: Bleizer, Año: 1.998, Clase: Camioneta, Tipo: Sport-Wagon, Color: Beige, Placas: JAB-21B, Serial de C.....