PARTE DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expresado este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Jerónimo de Guayabal de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 29 de abril de dos mil trece, y mediante la cual expresó lo siguiente:
Primero: Declara con lugar las pretensiones de resolución del contrato de arrendamiento del local comercial y cobro de cánones. Segundo: Se declara la resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes. Tercero: Se condena al demandado a desocupar el inmueble constituido por un local comercial distinguido con el Nº 3, construido sobre la parcela de terreno, propiedad del demandante, con una área aproximada de UN MIL SEISC.....