PRIMERO: Se Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación intentada por la parte excepcionada OFICINA TECNICA DE ARQUITECTURA E INGENIERIA OTAI, Sociedad Mercantil, domiciliada en la ciudad de Calabozo Estado Guárico e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 21 de marzo de 1995, quedando anotado bajo el N° 45, Tomo 3-A de los Libros de Registro de Comercio, siendo modificados sus estatutos, quedando debidamente registrado ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 13 de julio de 1995, quedando anotado bajo el N° 45, Tomo 21-A y por ante el Registro Mercantil III de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 16 de mayo de 1997, quedando anotada bajo el N° 55, Tomo 3-A, en contra del auto de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, de fecha 21 de marzo del año 2.005. En consecuenc.....