.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte actora Ciudadano JULIO ARTURO RIODRÍGUEZ ACUÑA, venezolano, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.044.317. Se declara SIN LUGAR la acción de resolución de contrato de compraventa interpuesta por la actora recurrente en contra del accionado comprador, Ciudadano ANDRÉS SANTIAGO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.852.378. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 18 de marzo de 2013. Se o.....