.III.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Civil, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, SOCIEDAD MERCANTIL TÉCNICA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES C.A., (TEPROCON), debidamente registrada por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el Nº 22, folios 71 y siguientes, Tomo III de fecha 16 de mayo de 1984. Se Declara CON LUGAR, la demanda de daños y perjuicios intentada por la parte actora, Ciudadana GLADYS RAFAELA GONZÁLEZ DE ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.639.454, domiciliada en la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico. En consecuencia se ordena a la parte demandada .....