PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la acción de divorcio intentada por la parte actora Ciudadano JOSÉ ATANACIO GÓMEZ SALAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-7.275.425, en contra de la demandada Ciudadana LUZ MARÍA UBIERNE AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.794.434. Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte recurrente y se CONFIRMA la decisión de la recurrida, Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 18 de Abril del año 2.008, y así se decide.
Regístrese, Publíquese, y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO, Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Quince (.....