.III.
DISPOSITIVA.
Por todo lo ante expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Intimación al Pago de Honorarios Profesionales intentada por la parte actora CHARLES FEGALI GEBRAEL Y MIGUEL ANGEL LOIS MORA, abogados en ejercicio, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-7.576.061 y 6.490.951, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 29.711 y 33.120, domiciliados en la ciudad de San Antonio de los Altos, Municipio Los Salías, estado Miranda, todo ello a consecuencia de ser declarada la falta de cualidad del co-accionado, ciudadano JOSÉ ANTONIO MAROUN TANNOUS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 7.298.460, estado civil divorciado, de profesión abogado, domiciliado en la ciudad de Sa.....