Con base en las razones expuestas y en las motivaciones suficientemente analizadas, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 08 de Noviembre del 2.013, por el abogado CAYETANO EMILIO GUILLEN ARMAS, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LEXI COROMOTO SOCORRO DE ALVAREZ, MARÍA JOSEFINA SOCORRO PEÑALVER, LESET DE JESUS SOCORRO DE MEDINA y ARTURO JOSE SOCORRO PEÑALVER. Parte demandante en el juicio que por DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), incoara en contra del ciudadano AL HAZIN MANSSOUR, todos plenamente identificados en la primera parte del presente fallo.-
SEGUNDO: Se REVOCA, la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaram.....