Pronunciamientos:
PRIMERO: Se decretan los hechos como flagrantes, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Acuerda la continuación de la presente causa, por las reglas del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 79, 94 y siguientes, eiusdem.
TERCERO: Se impone contra el imputado JOSÉ IGNACIO TERÁN SALCEDO a favor de la ciudadana JUANA VESTALIA SALCEDO DE TERÁN, la aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS MENOS GRAVOSAS y MEDIDAS DE PROTECCIÓN y de SEGURIDAD, de las establecidas, respectivamente, en el artículo 92 numerales 7. y 8., de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con los numerales 3, 6., 11. y 13., del artículo 87 eiusdem; por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 ibídem, quedando a tal efecto dicho sujeto en inmediata libertad desde la sala de audienc.....