DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: 1.- Se decreta los hechos como flagrantes, acordando proseguir la causa bajo las normas del Procedimiento Ordinario, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE HURTO Y/O ROBO, Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 470 y 277 del Código Penal 2.- Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Consistente en presentaciones periódicas ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada quince (15) días . 2.- Se concede la libertad desde la sala de audiencias en los términos de la presente decisión. Notificar a las partes de la presente decisión
La Juez.....