Pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación fiscal y sus medios probatorios interpuestos contra el imputado JOSÉ MELINTON MENDOZA APONTE, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458, 415 y 277, todos del Código Penal, en concordancia el último de los artículos mencionados, con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, respectivamente; en perjuicio del ciudadano: ARNALDO RAÚL CASTILLO, todo de conformidad con el artículo 330 numerales 2. y 9., respectivamente, del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONDENA bajo el procedimiento por admisión de los hechos, al acusado JOSÉ MELINTON MENDOZA APONTE, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458, 415 y 277, todos del Código Penal, en concordancia el último de l.....