SE DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano JOSE DOMINGO SANABRIA SOTO, venezolano, natural de San Juan de los Morros, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N 10.668.764, soltero, residenciado en el Barrio San José casa Nº 22 calle Simón Rodríguez 48-A de esta ciudad, por considerarlo incurso en el delito de TENTATIVA DE VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal vigente, de conformidad con el artículo 250, 251 Ordinal 2 y 252 Ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de niño ERITTS RAFEL BASTIDAS SOTO.
DECRETA el Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto remítase las actuaciones a la Fiscalia Décima Segunda del Ministerio Publico. Regístrese, publíquese, en San Juan de los Morros, a los 8 días del mes de agosto del año 2005.