DISPOSITIVA:
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se Declara SIN LUGAR, la solicitud efectuada por la Defensora Pública Abg. DORIS CONTRERAS de SUSTITUCIÓN de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el imputado JIMMY ABIGAIL LISCANO, plenamente identificado, de conformidad con los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°, 251 ordinales 2° y 3° y Parágrafo Primero, 244, 264 y 282 todos del Código Orgánico Procesal Penal todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes.
LA JUEZA,
ABG. MILAGROS LADERA HERNÁNDEZ EL SECRETARIO,
ABG. JORGE TESARE
27 de Mayo de 2010
ASUNTO PRINCIPAL: JP01-P-2010-000121
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