PRIMERO: Decreta el Procedimiento Abreviado en el presente caso, de conformidad con lo pautado en el numeral 1. del artículo 372 del Código Adjetivo Penal.
SEGUNDO: Decreta Medidas Cautelares Sustitutivas, menos gravosas, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, a favor del imputado: JOSÉ GREGORIO ACHA, de las establecidas en los numerales 3. y 6. del artículo 256, en relación con los artículos 250 y 260, todos del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: a) Presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante este tribunal, a través de la Prefectura del Municipio José Tadeo Monagas, con sede en Altagracia de Orituco, Estado Guárico, b) prohibición de ausentarse de la jurisdicción de este tribunal, c) presentarse ante esta autoridad o cualquier otra, cuando se le llame o solicite, d) prohibición de acercarse o de perjudicar a la víctima, ciudadana Zulema Josefina Salazar de Reyes.
TERCERO: Se le concede al pre.....