Se dictó sentencia mediante la cual Condena al acusado Whilmer Julián Camargo Campos, a cumplir la pena de Quince (15) años de presidio, por ser autor responsable en la comisión del delito de Homicidio Calificado por motivo fútil, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1º del Código Penal, delito por el cual el Ministerio Público le presentó formal acusación, el cual fue cometido en fecha 12-08-2003 en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de Renny Abel Díaz, condenándolo igualmente a las penas accesorias contenidas en el artículo 13 eiusdem, ello conforme a lo dispuesto en los artículos 364, 365 y 367 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-