Se dictó decisión conlos siguientes pronunciamientos 1) Revoca el Beneficio de Suspensión Condicional del Proceso que le fue acordado a los ciudadanos Gustavo José Ribas y Henry de Jesús Salazar y en consecuencia Ordena la celebración del juicio oral y público, el cual tendrá lugar el 11 de Agosto del 2005 a las 10:00 a.m., todo conforme a los artículos 41 del Código Orgánico Procesal Penal vigente antes del 14-11-2001 y artículo 553 del actual. 2) Acuerda una medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos Gustavo Ribas y Henry Salazar, antes identificado, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3° eiusdem, consistente en presentaciones cada 15 días por ante este Tribunal 3) Acuerda dividir la continencia de la causa, y abrir un cuaderno separado para conocer de la causa seguida al ciudadano Rubén Rafael Barrios, conforme a lo señalado en los artículos 73 y 74 ibídem y 49 y 26 de la Constitución Nacional.