Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: se Declara improcedente el beneficio de Destacamento de Trabajo para el penado WILLIAMS JOSE MORALES MORENO, titular de la cédula de Identidad N° V-23.504.084, por haber sido evaluado Desfavorable por el equipo Multidisciplinario del Ministerio del Poder Popular del Servicio Penitenciario. Notifique al penado, y a la Defensa Pública y a la Fiscalia Novena del estado Guárico. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION.
ABG. DETMAN MIRABAL ARISMENDI
LA SECRETARA
ABOG. MARIELBI TERAN MORENO