Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de Ejecución del Circuito judicial Penal del estado Guárico-Sede San Juan de Los Morros , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana FATIMA CECILIA ESPINOZA TORRES, Venezolana, titular de al cédula de identidad N° V-19.399.807, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 22-11-1989, de 25 años de edad, soltera, de profesión u oficio Estudiante, hija de Ivon Torres (v) y de William Espinoza (v) , Residenciada en la Avenida Fuerza Aérea, calle Zulia, residencias Guacamacuto, Urbanización Los Chaguaramos, Torre L, Piso Uno, Apartamento 13, Maracay, Estado Aragua, POR CUMPLIMIENTO DEFINITIVO DE LA PENA de CUATRO (04) AÑOS impuesta por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancion.....