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Decisiones del dia 01/12/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito. Extensión Calabozo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 9031-12 N° Sentencia : 267-16 Fecha: 01/12/2016
Procedimiento:
Acción Mero Declarativa De Concubinato
Partes:
EDELMIRA RAMONA HERNÁNDEZ DE RICCIO, CONTRA GIOVANNI JOSÉ RICCIO SANTONE Y PEDRO JOSÉ RICCIO SANTONE.-
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR LA TACHA INCIDENTAL DEL ACTA DE MATRIMONIO, propuesta por los demandados del juicio principal en el escrito de contestación de la demanda en fecha 30-09-2014, ciudadanos GIOVANNI JOSÉ RICCIO SANTONE y PEDRO JOSÉ RICCIO SANTONE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos V.-16.554.888 y V.-12.485.558 respectivamente, domiciliados el primero en la Finca Virgen del Carmen, Carretera Nacional vía El Calvario, Estado Guárico, y el segundo en la Urb. Las Sabanas, calle 2; casa Nº 1, El Sombrero estado Guárico, asistidos por el abogado HENRY FERNANDO MONTANARI MARTÍN, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 136.904, contra el acta de matrimonio Nº 04, del difunto GIUSEPPE RICCIO LAMATO, en fecha 20-03-2.012, por ante el Registro Civil y Electoral del estado Guárico, municipio Camaguán, parroquia Uverito.- SEGUNDO: Se declara la FALSEDAD del acta de matrimonio inserta en el libro de matrimonios por ante el Registro Civil y Electoral del estado G.....
Juez/Ponente:
Ramón José Villegas Gómez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito. Extensión Calabozo.
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N° Expediente : 9031-12 N° Sentencia : 268-16 Fecha: 01/12/2016
Procedimiento:
Acción Mero Declarativa De Concubinato
Partes:
EDELMIRA RAMONA HERNÁNDEZ DE RICCIO, CONTRA GIOVANNI JOSÉ RICCIO SANTONE Y PEDRO JOSÉ RICCIO SANTONE.-
Resumen:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA TACHA INCIDENTAL DE FALSEDAD propuesta por el abogado JORGE E. RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nº 195.455, actuando en su carácter de Co-Apoderado Judicial de la actora, ciudadana EDELMIRA RAMONA HERNÁNDEZ DE RICCIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.820.921, contenida en el escrito de fecha 14-10-2.014, cursante a los folios 166 y 167 del cuaderno principal, tachando de falso por vía incidental el documento poder consignado como anexo "A" por la parte accionada, mediante escrito de fecha 07-10-2.014, que corresponde al documento poder otorgado en fecha 22-03-2012, por ante el Registro Público del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, anotado bajo el Nº 47, Folio 350, Tomo 6, del protocolo de transcripciones del año 2012. ASÍ SE RESUELVE.- SEGUNDO: En consecuencia a lo anterior, se declara válida y auténtica la firma del de cujus, contenida en el referido docum.....
Juez/Ponente:
Ramón José Villegas Gómez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito. Extensión Calabozo.
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