DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente explanadas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia de TRÁNSITO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR las defensas perentorias, la primera opuesta por las representaciones judiciales de las partes co-demandadas, la empresa HATO TERECAY, C.A., la empresa LÍNEA EXPRESOS SAN FERNANDO C.A.; y la empresa ESTAR SEGUROS, en relación con la falta de legitimidad o cualidad de la actora para intentar el procedimiento; y la segunda opuesta por la representación judicial de la parte co-demandada, la empresa HATO TERECAY, C.A., en relación con su falta de cualidad o legitimación pasiva.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS MATERIALES Y MORALES que sigue la ciudadana GISELA HIDALDO REYES, venezolana, mayor .....