DECISIÓN
En mérito de lo precedentemente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de Rectificación de Actas de Nacimiento, incoada por la ciudadana DELIA MAGDALENA RUBIO BASTIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 26.130.395 y de este domicilio, actuando en nombre y representación de sus legítimos hijos CARLOS JOSE LORETO BASTIDA, CARLOS EDUARDO LORETO BASTIDA, ALEXIS GREGORIO LORETO BASTIDA, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada NELLY J. GRATEROL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, abogado, titular de la cédula de identidad N° 8.627.669, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 98.790 y de este domicilio.- No hay expresa .....