DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano GERÓNIMO DANIEL PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.631.694, con domicilio en la calle Libertad, sede Instituto Los Próceres, Parroquia Andrés Eloy Blanco Municipio Girardot, Maracay Estado-Aragua, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio AMÉRICA PINEDA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.227.899, e inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 47.620, y en consecuencia, se ordena asentar correctamente en el Acta de Partida de Nacimiento, asentada en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante l.....