DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana CLARA ROSA SANTOS DE MILLAN, Venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-968.797, con domicilio en Calabozo, Estado Guárico, debidamente asistida por la abogado en ejercicio CARMEN SUSANA PADRON HURTADO, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 148.481, y en consecuencia, se ordena asentar correctamente en el acta Nº 36, de fecha 09 de Abril del año 1.935, del Libro de Registro Civil de Nacimiento, llevado por ante el Registro Civil del Distrito Miranda del Estado Guárico, en la cual se asentó el Apellido de su madre como "SARATE" si.....