En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia (MERCANTIL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN A LA TRANSACCIÓN, efectuada entre las partes de la presente causa, abogado en ejercicio PEDRO IBCEN PÉREZ VILLANUEVA, inscrito en el Inpre Abogado bajo el N° 213.549, actuando en este acto como Endosatario en Procuración, del ciudadano RICHARD JOSÉ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.796.747, domiciliado en esta ciudad de Calabozo, estado Guárico, contra la Empresa Mercantil ON THE ROCK POOL BAR & RESTAURANT, C.A. debidamente registrada ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda en fecha 29 de Abril de 1.996, bajo el Nº 39, .....