PRIMERO
El Sentenciado PEDRO EUGENIO AVILA, titular de la cédula de identidad Nº-11.366.976, venezolano, natural de Altagracia de Orituco, estado Guárico, soltero, obrero, de 38 años de edad, hijo de MERCEDES OFELIA ÁVILA y de PEDRO AULAR, fue detenido en fecha 11 de abril de 2004 (folio 262 de la primera pieza) por lo que a la fecha de hoy 08 de Abril de 2008, tiene un tiempo de detención de Tres (3) años, Once (11) Meses y Veintisiete (27) Días, por lo que de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal le FALTA POR CUMPLIR: Siete (07) Años, Tres (03) Meses y Tres (03) Días de presidio; condena que cumplirá definitivamente el 11 DE JULIO DE 2015 a las 12:00 de la noche (11-07-2015).
SEGUNDO
Conforme a lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el penado PEDRO EUGENIO AVILA, titular de la cédula de identidad Nº 11.366.976, podrá optar .....