Dispositiva
El Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, Niega el otorgamiento del beneficio de Destacamento de Trabajo, como formula de cumplimiento de pena, al penado José Vicente Oca Rojas, venezolano, natural de El Sombrero, Estado Guárico, donde nació el 08-03-1968, de 40 años de edad, soltero, de ocupación u oficio obrero, hijo de Manuel Oca y Carmen Modesta Rojas, residenciado en el Barrio Los Rosales, calle El Triunfo, casa Nº 59-08, titular de la cédula de identidad Nº 9.889.798, por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y conforme a lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal
Publíquese, regístrese, déjese copia. Notifíquese a las partes que corresp.....