Dispositiva
El Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, Niega el otorgamiento del beneficio de Régimen Abierto, como formula de cumplimiento de pena, al penado Juan Eduardo Celestino, venezolano, natural de esta ciudad, de 34 años (28-11-73), obrero, soltero, hijo de Hipólito Velásquez y Ana Celestino, con residencia en el Barrio Las Vegas, sector El Hueco, casa sin número, ciudad y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.124.329, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Publíquese, regístrese, déjese copia. Notifíquese a las partes que corresponda. Líbrese oficio al Director del Centro Penitenciario donde se encuentra reclui.....