DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA al condenado RAMÓN ALBERTO HENRÍQUEZ TOVAR, venezolano, natural de Guatire, Estado Miranda, nacido el 01/10/84, de 25 años, soltero, herrero, hijo de Román Henríquez (v) y de Ana Tovar (v), con residencia en el barrio Calbarito, calle Soledad, casa N° 29 de Guatire, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.438.764, actualmente recluido en la penitenciaria General de Venezuela, por el tiempo de OCHO (08) MESES, VEINTE (20) DIAS Y DOCE (12) HORAS, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.....