En consecuencia, admitida como ha sido la acusación Fiscal en contra del acusado JORGEN OSCAR CHONA JAIMES, por los hechos que de manera clara, precisa y circunstanciada han quedado fijados en esta audiencia preliminar al ser transcritos anteriormente dándose por reproducidos en este auto, los cuales se subsumen en la calificación jurídica establecida por la parte fiscal y como pruebas para ser evacuadas en la audiencia oral y pública son las siguientes: PRIMERO: Testimonio del funcionario JOSE JAVIER ESTEVEZ LUGO, adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia y Transporte Terrestre de esta ciudad, cuya deposición deberá circunscribirse al Acta Policial, Informe y Croquis del accidente de fecha 01-05-06, de conformidad con lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Testimonio del ciudadano IVO SILVESTRINI SCARDECCHIA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.274.641, residenciado en la carrera 13 entre calles 12 y 13 de esta ciudad. TERCERO: Testimonio d.....