Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Acordó declara CON LUGAR la Aprehensión de Manera Flagrante de los ciudadanos VICTOR RAMÓN FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° 22.613.043 y ROBERTO ANTONIO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 21.658.589, por cuanto considera el Tribunal que están totalmente colmados las exigencias establecidas en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Al observar la necesidad de completar las diligencias necesarias a fin de esclarecer los hechos investigados, tal como lo refirió el representante del Ministerio Público, en consecuencia ante esta serie de diligencias aún por realizar, como bien quedó plasmado en el acto oral, lo pertinente es acordar la aplicación del Procedimien.....