En consecuencia, éste Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Se decreta como FLAGRANTE la aprehensión de los ciudadanos imputados ARDO YAMAURI HERNANDEZ BERMUDEZ, ALIRIO ANTONIO HURTADO NOGUERA, PABLO DANIEL RAMOS y ALEXI EFRAIN GONZALEZ CASTILLO, ARDO YAMAURI HERNANDEZ BERMUDEZ, ALIRIO ANTONIO HURTADO NOGUERA, PABLO DANIEL RAMOS y ALEXIS EFRAIN GONZALEZ CASTILLO, ya identificados, por la presunta comisión de los delitos de Caza y Recolección con fines de comercio y Aprovechamiento de Productos Naturales de la Fauna Silvestre, delitos estos previstos y sancionados en los artículos 470 del Código Penal y en el parágrafo único del artículo 59 de la Ley penal del Ambiente en concordancia con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre, Caza y Recolección con fines d.....