El Tribunal en atención a lo solicitado, estima que efectivamente en fecha 24 de Marzo de 2003, en audiencia celebrada conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, y con anuencia del Fiscal del Ministerio Público se dispuso hacer entrega en calidad de Guardia y Custodia al solicitante ciudadano ALFREDO JOSE MORA MIRABAL, del vehículo Marca Ford, modelo Fiesta Sinc, placas MCN-04W, año 2002, color Gris, serial carrocería 8YPBP01C828A25738, serial motor A25738, clase automóvil, uso particular y capacidad 5 puestos; siempre y cuando lo presentase cuando fuese requerido ante la Fiscalía del Ministerio Público a los efectos de la investigación.
Igualmente se observa que según las afirmaciones de la Fiscalía dicho vehículo no presenta ninguna irregularidad, pero que la placa del mismo MCN-04W, presenta solicitud ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la ciudad de Caracas, por le delito de HURTO DE PLACAS.
En atención a las considera.....