Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, actuando como Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: De conformidad con lo previsto en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Y LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor del ciudadano MOISÉS JAVIER VAZQUEZ DIAMOND, venezolano, natural de Valencia Estado Carabobo, nacido en fecha 16-09-2007 de 20 años de edad, Albañil, hijo de Mabel Diamond y de Pedro Vázquez, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.183.735, residenciado en la Barrio Carutal, Calle San Luis, casa s/n, Teléfono 0416-0201314, Calabozo estado Guárico, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, tipificado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano en ag.....