PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 5º del Ministerio Público, en contra del acusado CARLOS LUÌS CORNIEL MONTES, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÌA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso, ciudadano JOSUE MANUEL GUTIERREZ CASTILLO, todo ello de conformidad con el artículo 330.2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Admite los medios de prueba promovidos por la representación fiscal, los cuales constan en el Escrito de Acusación, Capitulo IV. MEDIOS DE PRUEBA, folios 116 al 118 del presente asunto, a excepción de la prueba contenida en el numeral primero relativa al testimonio de los funcionarios aprehensores en el presente asunto y se declara procedente el Principio de la Comunidad de la Prueba promovido por la Defensa, todo de conformidad con el artículo 330.9º del Código Orgánico Procesal Penal. No se admite el escrito de ofrecimiento de .....