El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 04 Extensión Calabozo del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de la ciudadana MARIA DIOMEDES SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° V-10.983.016, y donde aparece como víctima Esperanza García Nieves, titular de la cédula de identidad N° 8.629.942, venezolana, de 32 años de edad, soltera, del hogar y con domicilio en la Urbanización Monseñor Alvarez, casa PIC-5 de esta Ciudad de Calabozo.
Por haber prescrito la acción penal conforme a lo previsto en el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal en concordancia con el artículo 415 ejusdem y 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, quedando extinguida la presente causa.
El Tribunal estima innecesario convocar a las partes y a las víctimas para debatir la .....