Por los razonamientos anteriores, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: NO SE ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra de los Ciudadanos: 1.- KEIDY JOSÉ ACEVEDO CONTRERAS, venezolano, nacido en esta ciudad, en fecha 01/04/79, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.811.043, soltero, de profesión u oficio vendedor de hortalizas, residenciado en Sector La Pedrera, detrás de los Kioscos, Casa Verde, de esta ciudad, hijo de Beda Margarita Contreras y Pablo José Acevedo, y 2.- ANDERSON NIGEL FLORES BLANCO, venezolano, nacido en La Villa, Estado Aragua, en fecha 06/10/84, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.602.519, soltero, de profesión u oficio trabaja en el peladero con pescado, residenciado en Vicario Nº 1, Sector Sierra Alta, Callejón El Llan.....