Por los anteriores señalamiento este Juzgado en función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Victor José Arraez, titular de la cédula de identidad N° 15.513.160, venezolano, natural de San Fernando de Apure, Estado Apure, obrero, hijo de Dominga Arraez y Jerónimo Domínguez y residenciado en Caño El Diablo, Guayabal, Estado Guárico, Fundo la Morita, por la comisión del delito de violación previsto y sancionado en el artículo 375 en el encabezamiento del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana Yuri Ramona Blanco, en razón de las manifestaciones tanto de la víctima como del acusado, que hubo una confusión por cuanto ellos llevan una vida marital juntos, todo con fundamento en los artículos 173, 322 y 364 ordinal 5° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Not.....