Acuerda: REDIMIR LA PENA A SATURNO LUIS ALFONSO TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIODAD Nº 8.627.523 quien se encuentra recluido en la Penitenciaria General de Venezuela del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, cumpliendo pena por el delito de ROBO ABGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en LOS ARTÍCULOS 5° Y 6° Ordinales 3° y 8° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores e igualmente fue condenado a las accesorias de Ley., quien presento Constancia de Trabajo, procedente de a Penitenciaría General de Venezuela Estado Guárico, con todos sus recaudos en la cual se evidencia que el penado presto labores de Aseo De Población desde el 01 de octubre de 2008 hasta el 02 de Mayo de 2011, por lo que da un tiempo efectivo de trabajo de DOS (02) AÑOS Y SIETE (07) MESES. Lo que determina que para efectos de redimir la pena, se tomará en cuenta sólo la mitad del tiempo total de Trabajo efectuado, es decir UN (01) AÑO TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS. .....