En fuerza de las consideraciones tanto de hecho como de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRABAJO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia Agraria, con sede en la ciudad de Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento.
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, propuesta por los querellantes, ciudadanos JOSE GONZALEZ GIL, MARIA TERESA GONZALEZ DE MARTINEZ Y JOSE GONZALEZ MARTINEZ en contra de la Querellada, AGROPECUARIA LOS CONGRIOS, C.A. representada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE SAN LUIS LEAL, actuando con el carácter de Administrador Gerente, ambas partes identificadas anteriormente.SEGUNDO: Como conseecuencia de la declaratoria con lugar, se condena al identificado querellado a restituirle a los también identificados querellantes, l.....